El 57% de los locales comerciales fiscalizados no le tributan a Soledad
Oficina de Impuesto de Soledad inició visitas a los 7.463 establecimientos comerciales asentados en el territorio.
La directora de la Oficina de Impuestos Municipal, Erika Amarís, indicó que desde el pasado 16 de septiembre comenzó la fiscalización por los locales de los centros comerciales Gran Plaza del Sol, Templo Sagrado, Portal de Soledad, Metropolitano y la Terminal de Transporte.
Hasta la fecha han sido visitados 226 establecimientos de comercio, de los cuales 128 fueron notificados como omisos, lo que significa que el 57% de estos sitios no le tributa al municipio de Soledad el impuesto de Industria y Comercio. A ellos se les envió emplazamiento para declarar.
Además, en el mismo grupo de establecimientos fiscalizados se encuentran 90 a los que se les hará una verificación de inexactitud para comprobar si están pagando con la base gravable correspondiente, si cancelan dentro de los plazos estipulados en el calendario tributario, entre otros aspectos que se revisarán.
Finalmente, 8 locales deberán entregar a la Oficina de Impuesto la documentación solicitada.
Según Amarís, gracias al cruce de información con la Cámara de Comercio se determinó que en Soledad hay 7.463 establecimientos comerciales dentro del régimen común, el de grandes contribuyentes y el de régimen simplificado.
La funcionaria manifestó que “la fiscalización continuará en el aeropuerto Ernesto Cortissoz, y sectores comerciales como la calle 30, Soledad 2000, Ciudadela Metropolitana, Manuela Beltrán, calle 17, Las Moras, El Centenario, Granabastos y otros”.
También resaltó que a los administradores de los lugares que serán fiscalizados se les notificará de manera previa con un oficio, en el que se describirá el objetivo de la visita, el personal autorizado para realizarla y los documentos que deberán tener al día.
Por otra parte, Amarís señaló los plazos de pago para el Impuesto de Industria y Comercio en los meses restantes del 2016:
- Para los contribuyentes del régimen común del impuesto de Industria y Comercio las fechas límites de pagos son: septiembre – octubre (18 de noviembre) y noviembre – diciembre (18 de enero de 2017).
- Los grandes contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio tendrán plazo hasta las siguientes fechas: septiembre (18 de octubre); octubre (17 de noviembre); noviembre (19 de diciembre) y diciembre (20 de enero de 2017)
- Las fechas límites de pago para los contribuyentes del régimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio son las siguientes: septiembre – octubre (28 de noviembre) y noviembre – diciembre (28 de enero de 2017).